Los procedimientos de ejecución relativos a un laudo ucranio planteaban una impugnación constitucional de la carga de probar la falta de notificación y la imposibilidad de defenderse.
Conservación y resultados
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la remisión. 22–27 comparar el Código de Procedimiento Civil con la Convención artículo V(1)b): el deudor asumirá la carga de esta objeción, mientras que seguirá siendo necesaria una notificación adecuada y una oportunidad razonable de defenderse.
Límites de la explotación
El Tribunal Constitucional no decidió la ejecución ni autorizó por sí mismo la ejecución. Se trataba de una decisión de admisibilidad, no de la disposición definitiva del laudo ucranio.